🔎 ¿QUÉ ESTÁ PASANDO?
- Dos proyectos de ley están siendo estudiados en el Congreso Nacional.
- El Congreso Nacional inició un proceso de consultas técnicas y audiencias públicas.
- Participan expertos técnicos, jurídicos, empresariales y representantes del ecosistema Bitcoin.
- El objetivo es construir un marco regulatorio moderno que equilibre innovación, seguridad y protección al consumidor.
- Las decisiones que se tomen influirán en la economía digital dominicana durante la próxima década.
📌 NOTA ACLARATORIA
Bitcoin es un activo digital, pero no todos los activos digitales son Bitcoin. Bitcoin es una red de pagos descentralizada sin emisor central. Las stablecoins como USDT son emitidas por empresas privadas. Los tokens y otros criptoactivos responden a arquitecturas y riesgos distintos. Esta distinción es fundamental en el debate legislativo actual.
Línea de Tiempo
| Fecha | Hecho |
|---|---|
| 2017 | Banco Central emite su primer comunicado: los activos virtuales no son moneda de curso legal. |
| 2021 | Banco Central reitera la advertencia de 2017 sin modificaciones. |
| 16 mar 2026 | Diputado Carlos De Pérez deposita el primer proyecto de ley para regular criptomonedas. |
| 7 abr 2026 | El proyecto es remitido a la Comisión Permanente de Hacienda de la Cámara de Diputados. |
| 9 abr 2026 | Diputado Jorge Frías deposita el segundo proyecto: “Marco Regulatorio Integral para Activos Digitales”. |
| 28 abr 2026 | Marino Marrero Báez presenta acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional por omisión legislativa. |
| 28 may 2026 | Comisión de Hacienda celebra mesa técnica con Tether, FINLABS, NEITEC y Grupo Multicómputos. |
| 3 jun 2026 | Operación XL526: autoridades desmantelan en Santiago una red que utilizaba Bitcoin para lavar activos. |
| 8 jun 2026 | Audiencia pública en el Congreso Nacional. Participan expertos técnicos, jurídicos y representantes del ecosistema Bitcoin. |
| 2026 → | Continúa el proceso. Pendiente: audiencias con Banco Central, Superintendencia de Bancos y DGII. |
1. Un país sin ley en el mercado más dinámico del mundo
El 16 de marzo de 2026, el diputado Carlos De Pérez caminó hasta la Secretaría General Legislativa de la Cámara de Diputados y depositó formalmente un proyecto de ley para regular las criptomonedas en República Dominicana. Era un martes ordinario en el Congreso Nacional. Pero el gesto cerró, al menos simbólicamente, casi una década de silencio institucional sobre una realidad económica que crecía sin pausa fuera de los pasillos del poder.
Para ese momento, los dominicanos llevaban años comprando, vendiendo, enviando y recibiendo activos digitales. Había cajeros de criptomonedas funcionando en el país. Operaciones inmobiliarias estaban siendo tokenizadas. Miles de personas —muchas de ellas sin acceso a servicios bancarios formales— utilizaban Bitcoin y otras criptomonedas para recibir remesas de familiares en Estados Unidos, España y Puerto Rico. Y sin embargo, el Estado dominicano no tenía una sola ley que regulara, protegiera o supervisara ninguna de esas transacciones.
Lo que siguió al depósito de ese proyecto fue un proceso legislativo sin precedentes en la historia económica reciente del país: dos proyectos de ley en la Comisión de Hacienda, una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, una operación policial que puso a la opinión pública a debatir sobre lavado de activos digitales, y una serie de audiencias en el Congreso donde diputados, empresarios, abogados y representantes del ecosistema Bitcoin se sentaron a la misma mesa por primera vez.
Este no es un texto de coyuntura. Es un archivo periodístico y documental del proceso por el cual República Dominicana avanza —con dudas, debates y diferencias— hacia su primera legislación en materia de Bitcoin y activos digitales.

2. Una historia de advertencias sin respuesta legislativa (2017–2025)
La postura oficial del Estado dominicano frente a Bitcoin comenzó en 2017 con una advertencia. El Banco Central emitió ese año un comunicado en el que aclaraba que los activos virtuales no constituían “moneda de curso legal” en el país y que, por consiguiente, “no gozan del respaldo del Estado”. El mensaje era cauteloso pero no prohibitivo.
Cuatro años después, en 2021, el Banco Central reiteró esa misma posición sin modificaciones. El mercado, mientras tanto, no esperó por las instituciones.
La adopción de activos digitales creció de forma orgánica durante ese período. La diáspora descubrió que enviar remesas en Bitcoin podía ser más barato y rápido que los canales tradicionales. Jóvenes emprendedores exploraron aplicaciones blockchain. Comercios en zonas turísticas comenzaron a aceptar pagos en criptomonedas. Todo esto ocurrió en un vacío legal completo: sin reglas sobre tributación, sin mecanismos de protección al consumidor, sin licencias para los operadores.
El contraste con la región era visible. El Salvador adoptó el bitcoin como moneda de curso legal en 2021. La Unión Europea aprobó el Reglamento MiCA con vigencia gradual desde 2023. México, Colombia y Costa Rica avanzaban en sus propios marcos normativos. La República Dominicana permanecía al margen.
Esa omisión no era una simple ausencia. Era, en la práctica, una forma de regulación implícita: exclusiones del sistema financiero formal sin sustento legal, advertencias institucionales que actuaban como barreras sin procedimiento formal que las respaldara. Eso es exactamente lo que Marino Marrero Báez llevaría ante el Tribunal Constitucional en abril de 2026.
3. El primer proyecto: “Orden y seguridad” según Carlos De Pérez
El proyecto depositado el 16 de marzo de 2026 lleva un nombre que define su enfoque: “Ley para la Prevención, Control y Regulación de las Criptomonedas en la República Dominicana”. Fue redactado por el magistrado Argenis García del Rosario, quien lo presentó junto a De Pérez ante el presidente de la Cámara, Alfredo Pacheco Osoria.
El detonante declarado fue el crecimiento. Según datos citados por De Pérez, el uso de criptomonedas en el país había aumentado un 52% durante el año previo.
Clasificación tributaria. Bitcoin y los demás activos digitales son definidos como bienes sujetos a tributación, con ganancias declarables ante la DGII.
Sistema de licencias. La propuesta crea la figura de la “Calidad Certificante”, una licencia de la Superintendencia de Valores para que casas de cambio y custodios operen legalmente.
Reconocimiento comercial. El proyecto admite el derecho de los comercios a fijar precios en monedas digitales, con obligación de informar sobre la volatilidad.
Antilavado. La iniciativa incorpora disposiciones AML.
En palabras del propio De Pérez en el programa Esto No Tiene Nombre: “El mercado de los activos digitales está mucho más activo de lo que algunas autoridades quieren reconocer. La propuesta no pretende sustituir el peso dominicano como moneda de curso legal, sino crear reglas claras para garantizar seguridad jurídica.”

4. La comunidad responde: los riesgos de copiar modelos ajenos
Antes de que el proyecto llegara a la Comisión de Hacienda, la comunidad Bitcoin dominicana ya tenía objeciones documentadas. El problema central identificado fue que la iniciativa parecía trasladar al contexto dominicano elementos del Reglamento MiCA europeo sin haber realizado previamente una investigación de campo sobre la realidad local.
“Regular sin realizar una investigación de campo propia en el contexto dominicano es una forma de especulación. Esto podría frenar una oportunidad de desarrollo para el país.”
La crítica no era de principio contra la regulación —había argumentos públicos durante años sobre que la falta de reglas claras perjudicaba tanto a los usuarios como a los emprendedores. Lo que se cuestionaba era la metodología: copiar marcos diseñados para economías y ecosistemas muy distintos, sin consultar primero a quienes operaban en el mercado dominicano.
El resultado no fue el bloqueo del proceso sino su apertura: el proyecto fue enriquecido con aportes de especialistas externos y representantes del ecosistema comenzaron a participar activamente en las mesas del Congreso.
5. El segundo proyecto: Jorge Frías y el marco integral
El 9 de abril de 2026, el diputado Jorge Frías depositó un segundo proyecto: “Marco Regulatorio Integral para los Activos Digitales y Criptoactivos”. Su arquitectura institucional era más ambiciosa.
La pieza central era la creación de un Consejo Nacional de Activos Digitales y Criptoactivos, integrado por la Superintendencia del Mercado de Valores, la Superintendencia de Bancos y el Banco Central. Incluía también la figura de los proveedores de servicios de activos digitales (VASP) con licencias obligatorias y cumplimiento AML/CFT, y un sandbox regulatorio para startups fintech.
Dos elementos conceptuales diferenciaban este proyecto del anterior: el reconocimiento explícito de los criptoactivos como una nueva clase de activos digitales —distintos del concepto de moneda— y disposiciones específicas sobre tokenización, protección al usuario y ciberseguridad.
Ambos proyectos coincidían en el diagnóstico: la ausencia de un marco regulatorio claro colocaba al país en una posición de riesgo. Las diferencias estaban en el enfoque. El hecho de que ambos estuvieran en la mesa al mismo tiempo generó la condición para la búsqueda de un texto unificado.
6. El Tribunal Constitucional entra al debate
El 28 de abril de 2026, el ciudadano Marino Marrero Báez presentó ante el Tribunal Constitucional una acción directa de inconstitucionalidad por la omisión del Estado en regular los activos digitales. El recurso argumentaba que la ausencia de ley generaba en la práctica restricciones de facto —exclusiones bancarias, advertencias institucionales sin procedimiento formal— que vulneraban el principio de legalidad, la libertad de empresa y el debido proceso.
El recurso solicitaba tres pronunciamientos: declarar la omisión legislativa inconstitucional; declarar la inconstitucionalidad de las restricciones implícitas; y exhortar al Poder Legislativo a remediar esa omisión.
El Tribunal Constitucional dejó el caso en estado de fallo. La señal política era inequívoca: la más alta instancia constitucional reconocía la legitimidad de la pregunta sobre si el silencio del legislador era, él mismo, un problema constitucional.
7. La industria en el Congreso: de Tether a la mesa legislativa
El 28 de mayo de 2026, la Comisión Permanente de Hacienda celebró en el Salón Juan Pablo Duarte una mesa técnica con representantes del sector privado. Fue la primera vez que actores del ecosistema de activos digitales se sentaron frente a los legisladores para ofrecer retroalimentación técnica directa.
Participaron: Virgilio Albert y Michael Albert (Grupo Multicómputos), José Frank Almeyda (FINLABS), Quilvio Fernández (agente financiero), Julio Ferron (NEITEC) y Juan Garrido de Tether —empresa emisora de USDT, la stablecoin más transaccionada del mundo.
La presencia de Tether no fue un detalle menor. La empresa mantiene reservas en bonos del Tesoro de EE.UU. que la convierten en uno de los mayores tenedores individuales de deuda soberana norteamericana. Su participación en las mesas de consulta en Santo Domingo reflejó el interés de la industria global en las decisiones regulatorias del Caribe.

8. Operación XL526: la regulación como argumento de seguridad
El 3 de junio de 2026, el Diario Libre informaba sobre el desmantelamiento de una red criminal en Santiago que utilizaba Bitcoin para lavar activos. La Operación XL526 llegó en el momento en que el debate legislativo alcanzaba su punto más álgido.
El caso fue invocado de inmediato como argumento de urgencia regulatoria: si no hay ley, no hay supervisión. Pero el argumento tiene dos caras. Los especialistas señalan que los mercados no regulados no son mercados que desaparecen —son mercados que migran a la clandestinidad. Una regulación bien diseñada, con obligaciones AML/CFT claras para los operadores, puede ser más eficaz contra el crimen que una prohibición implícita que empuja las operaciones fuera del sistema financiero formal.
La Operación XL526 no decantó el debate en ninguna dirección específica. Pero sí lo aceleró. El argumento de que el país no podía seguir postergando la decisión regulatoria ganó terreno entre legisladores que hasta entonces habían permanecido en espera.

9. La audiencia del 8 de junio: el debate toma forma definitiva
El 8 de junio de 2026, en el Salón Hugo Tolentino Dipp del Congreso Nacional, se celebró la audiencia pública más relevante hasta la fecha. La presidió el diputado Francisco Javier Paulino, presidente de la Comisión de Hacienda.
Los ponentes fueron: Pedro Vital García (Asociación de Bitcoin Dominicana), Giuliano Simó (Bitcoin RD), Syra Maruotti (empresaria) y Ana Lisbeth Matos (abogada especialista en prevención de lavado de activos).
Del lado legislativo participaron los diputados Margarita Tejeda, Abelardo Rutinel, Carmen Ligia Barceló, Dorina Rodríguez, Enriqueta Rojas, Felix Hiciano, Jorge Frías, Charles Noel Mariotti Paz y Vicente Sánchez.
La audiencia fue un ejercicio de educación legislativa sin precedentes. Se presentó una introducción técnica al funcionamiento de Bitcoin como red de pagos descentralizada, explicando su arquitectura sin intermediarios y su potencial como herramienta de inclusión financiera —particularmente en el caso de las remesas, uno de los pilares de la economía dominicana.
Ana Lisbeth Matos abordó el marco AML/CFT internacional y las obligaciones que cualquier legislación dominicana debería incorporar para cumplir con los estándares del GAFI. Su participación fue determinante para equilibrar el debate: mostró que regulación robusta y apertura tecnológica no son objetivos contradictorios.
Al cierre, la Comisión anunció los pasos siguientes: escuchar las posiciones del Banco Central, la Superintendencia de Bancos y la DGII antes de que el texto avanzara hacia el pleno de la Cámara.


10. El camino que viene: decisiones que definirán al país por décadas
A mediados de junio de 2026, con dos proyectos de ley en análisis, una acción constitucional en estado de fallo y varias audiencias técnicas completadas, la primera legislación dominicana sobre Bitcoin y activos digitales parece más cerca que nunca. Pero la proximidad no garantiza la calidad.
Control vs. apertura. Una regulación que prioriza la fiscalización puede generar certeza jurídica pero también barreras de entrada que desincentiven la innovación. Una regulación más abierta puede dinamizar el sector pero ser percibida como laxa por los organismos internacionales.
Velocidad vs. profundidad. El proceso tiene presión política —el TC tiene una acción pendiente, la industria quiere claridad. Pero una ley elaborada apresuradamente puede generar inconsistencias técnicas que se conviertan en litigios durante años.
Bitcoin vs. el resto. El debate global ha avanzado en la distinción entre Bitcoin —una red descentralizada sin emisor central— y las stablecoins o tokens emitidos por entidades privadas, que presentan perfiles de riesgo muy diferentes.
La lección regional. El Salvador adoptó el bitcoin como moneda de curso legal en 2021 y debió modificar la ley bajo presión del FMI. La Unión Europea tomó el camino opuesto: años de consultas, un reglamento MiCA de vigencia gradual. Los actores dominicanos han señalado que no quieren repetir esos errores. Ninguno de los dos modelos es trasladable directamente al contexto dominicano.
Lo que el proceso de 2026 ha construido —y que lo diferencia de otros países que legislaron con menor preparación— es una base de diálogo real: la comunidad Bitcoin en la mesa, los organismos reguladores siendo consultados, dos proyectos complementarios como materia prima.
República Dominicana tiene ante sí la oportunidad de ser el primer país del Caribe en construir, desde adentro y con rigor, un marco legal para la economía digital del siglo XXI. Lo que decida en los próximos meses definirá qué tipo de país quiere ser en la economía global que ya está tomando forma.

📋 DOCUMENTO VIVO — NOTA PERMANENTE
Este es un documento vivo y será actualizado conforme avancen las discusiones legislativas sobre Bitcoin y los activos digitales en República Dominicana.
Las próximas actualizaciones cubrirán: la posición del Banco Central ante la Comisión de Hacienda, el informe de la Superintendencia de Bancos, la respuesta de la DGII sobre el régimen tributario propuesto, el texto unificado de ambos proyectos y el avance del caso ante el Tribunal Constitucional.
Última actualización: 18 de junio de 2026.
Fuentes
- Cámara de Diputados de República Dominicana — Proyecto de Ley, Documento ID 247397 (16 marzo 2026)
- Banco Central de la República Dominicana — Comunicados sobre activos virtuales (2017, 2021)
- CriptoNoticias — “Ley que busca ‘orden y seguridad’ para bitcoin se presenta en República Dominicana” — Jesús Herrera, 28 marzo 2026
- CriptoNoticias — “Tether y políticos de Dominicana definen la regulación para las criptomonedas” — Jesús Herrera, 29 mayo 2026
- Diario Libre — “Llevan al Tribunal Constitucional la regulación de monedas digitales” — Jesús Vásquez, 28 abril 2026
- RC Noticias — “Carlos de Pérez y Pedro Vital impulsan ley para regular bitcoin y activos digitales” — María Zabala, 2 junio 2026
- Diario Libre — “Operación XL526: red desmantela red en Santiago que usaba Bitcoin para lavado de activos” — 3 junio 2026
Este especial fue elaborado con fuentes verificadas y documentos oficiales. No representa la posición de CriptoDominicano.do a favor ni en contra de ningún proyecto de ley en particular. El objetivo es documentar el proceso legislativo con rigor periodístico, para que sirva de referencia a ciudadanos, legisladores, empresarios e investigadores.
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